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Extension de Amnistía Fiscal en Panamá


Estimados Clientes,

La Ley 208 del 6 de abril de 2021extiende el plazo de la moratoria con relación al pago de tributos adeudados por personas naturales, jurídicas y bienes inmuebles hasta el 31 de Agosto de 2021.

Si realiza el pago antes del 31 de agosto de 2021 se le condonará el 85% de la totalidad de los intereses, recargos y multas.

La ley permite la suscripción de arreglos de pago hasta el 31 de Agosto de 2021 requiriendo el pago de 25% de los impuestos adeudados al 31 de Diciembre de 2020 hasta dicha fecha y el pago del saldo a mas tardar el 31 de diciembre de 2021.

La ley extiende el plazo para la presentación de algunas declaraciones que debieron ser presentadas al 31 de enero de 2021, eximiendo del pago del 75% de las sumas adeudas en concepto de multas siempre y cuando el contribuyemte haga el pago del 25% restante antes del 31 de Diciembre de 2021.

Además la ley establece que los contribuyentes podrán presentar declaraciones de mejoras pendientes sobre bienes inmuebles hasta el 31 de Diciembre de 2021 sin incurrir en penalidades.

La ley otorga un descuento de 10% en el impuesto de inmueble si la totalidad de éste correspondiente al año 2021 es pagado en el primer cuatrimestre de 2021. Adicionalmente otorga un descuento de 5% en el impuesto sobre la renta estimado de los contribuyentes cuyo ingreso bruto sea hasta de US$2,500,000.00 con relación a la declaración de rentas del año 2020, siempre y cuando el pago se haga dentro de los cuatro meses siguientes a la entrada en vigencia de dicha ley.

Los negocios que hayan sido afectados por la pandemia tales como hoteles, restaurantes, teatros, agencias de viajes y otros podrán estimar su impuesto sobre la renta para el año 2021 en 50% del monto del impuesto reflejado en su declaración de 2020.


Para mayor información nos puede contactar en

María de Lourdes Marengo


PATTON, MORENO & ASVAT

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