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Ley de Agroparques - Panamá


Operadores y Desarrolladores de Agroparques

Mediante Ley No. 196 de 8 de febrero de 2021, se crea el Régimen Especial para el Establecimiento de Empresas Operadoras y Desarrolladoras de Agroparques y se dictan disposiciones para su funcionamiento (la “Ley de Agroparques” o la “Ley”).

¿Qué son los Agroparques?

La Ley define los Agroparques como “espacios físicos donde se agrupan diferentes actividades agroalimentarias o afines, con el fin de minimizar costos de producción y maximizar la creación de valor de la producción nacional mediante inversiones en tecnología, incrementando la productividad y la competitividad del sector agroalimentario panameño”.

Objetivos principales del nuevo régimen especial de Agroparques:


  1. Incentivar la inversión y el establecimiento de Agroparques en Panamá;

  2. Promover la producción agroalimentaria, agroindustrial, industrias forestales, productos de mar y materia prima para la industria farmacéutica;

  3. Promover el desarrollo de las cadenas de valor para los agronegocios;

  4. Coordinar, asesorar, orientar y supervisar la ejecución de programas de agronegocios y agroexportación;

  5. Desarrollar y fomentar nuevos negocios entre productores panameños y compradores nacionales e internacionales;

  6. Desarrollar las estrategia, planes y programas que estén relacionados con el funcionamiento y potenciación de los Agroparques y las áreas de producción en el territorio nacional.


Con la finalidad de lograr los objetivos fijados en la Ley, se crea dentro del Ministerio de Desarrollo Agropecuario una nueva Dirección Nacional de Agronegocios (“DINAGRON”) que tramitará las solicitudes de empresas interesadas en operar y desarrollar Agroparques. La aprobación de las Licencias de Empresas Operadoras y Desarrolladoras de Agroparques, corresponderá a la Comisión de Encadenamiento Productivo para los Agronegocios (“COMEPRO”), un ente multisectorial con miembros de los sectores público y privado.

Autorización y Otorgamiento de Licencias

Las Licencias de Empresas Operadoras y Desarrolladoras de Agroparques se otorgarán por un tiempo indefinido, a excepción de aquellas a desarrollarse en áreas pertenecientes al Estado, cuya duración será igual a la concesión otorgada. Las empresas que obtengan una Licencia gozarán de manera automática de estabilidad jurídica de su inversión, para la cual deben presentar un plan de inversión mayor de US$2,000,000.00, el cual debe ser completado en tres años desde la emisión de la licencia.

Incentivos y Beneficios

Las empresas poseedoras de una licencia, y aquellas autorizadas a instalarse dentro de un Agroparque gozarán de los siguientes incentivos y beneficios:

  1. Exoneración de tributos sobre materiales de construcción, equipos, maquinarias, vehículos y mobiliarios para sus actividades por un período de cinco años a partir de la expedición de la licencia;

  2. Impuesto de importación fijo de 3% para las materias primas, productos semielaborados o intermedios y demás insumos que entren en la composición o el proceso de la elaboración de los productos;

  3. Exoneración de impuesto de inmueble sobre las mejoras comerciales e industriales nuevas por el término de veinte años, a partir de la expedición del permiso de ocupación;

  4. Derecho a deducir, a razón del 20% por año, las pérdidas sufridas durante los dos primeros períodos fiscales a partir de inicio de actividades, deducibles en los cinco períodos fiscales siguientes;

  5. Tarifa reducida del impuesto sobre la renta, correspondiente a un 50% del establecido en el Código Fiscal, durante los primeros cinco años;

  6. Tarifa reducida del impuesto sobre dividendos e impuesto complementario, correspondiente a un 50% del establecido en el Código Fiscal, durante los primeros cinco años;

  7. Régimen arancelario aduanero especial.

Los productores agropecuarios que se incorporen a un Agroparque, gozarán de los mismos beneficios e incentivos otorgados a las Empresas Operadoras y Desarrolladoras.

Vigencia La Ley de Agroparques está vigente desde 8 de febrero de 2021, y será reglamentada por el Órgano Ejecutivo.


Contacte a nuestros especialistas en Zonas Económicas Especiales para asesorarle: info@pmalawyers.com
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