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Nueva Ley de Movilidad Eléctrica en el Transporte Terrestre

La Ley No. 295 de 25 de abril de 2022, establece un marco normativo para el desarrollo y operación de la movilidad eléctrica en la República de Panamá. La nueva ley busca promover un proceso de transición energética al transporte terrestre con incentivos al sector público, privado y académico.


Las instituciones públicas deberán ejecutar un plan de reemplazo de sus flotas vehiculares con la meta de que al año 2030, el 40% de su flota sea eléctrica.


Las instituciones públicas, centros comerciales y proyectos inmobiliarios deberán establecer estacionamientos preferenciales para vehículos eléctricos, con distintivos y señalizaciones de color verde.


Los municipios incluirán la instalación de estaciones de carga de vehículos eléctricos para la expedición de permisos de construcción en edificios residenciales, comerciales e instituciones públicas.


Adicionalmente, se establece un incentivo económico de exoneración del pago de trámites de placa vehicular por cinco años, a partir de la fecha de compra para vehículos eléctricos nuevos y, a partir de la fecha de promulgación de la ley para vehículos eléctricos adquiridos con anterioridad.


La tarifa del impuesto selectivo al consumo para vehículos automotores terrestres eléctricos será 0% hasta el 31 de diciembre de 2030 y 5% a partir del 1 de enero de 2031. Para los vehículos automotores terrestres híbridos la tarida será del 10%.


La Secretaría Nacional de Energía publicará en su página y actualizará periódicamente los beneficios fiscales y no fiscales que se establezcan para la adquisición de vehículos eléctricos en la República de Panamá.

Vigencia La Ley de Movilidad Eléctrica entrará a regir en el próximo año fiscal, y será reglamentada por el Órgano Ejecutivo.


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