Nuevo Permiso de Trabajo para Trabajador Migrante bajo Estatus de Permiso Temporal de Protección
Mediante el Decreto Ejecutivo No. 7 de 13 de julio de 2023, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), ha creado un nuevo Permiso de Trabajo para Trabajador Migrante bajo el estatus de Permiso Temporal de Protección.
Este permiso de trabajo surge bajo la necesidad de adoptar medidas temporales que
acompañen al Estatus Migratorio Temporal de Protección para la población migrante en condición irregular en la República de Panamá.
Se otorgará este permiso de trabajo a los trabajadores migrantes que se pre-registren ante el Servicio Nacional de Migración y cumplan con una cita que los habilite para poseer el Estatus de Permiso Temporal de Protección.
El permiso de trabajo tendrá una vigencia de dos (2) años a partir de la aprobación correspondiente del MITRADEL y será emitido por una sola vez, por lo que no estará
sujeto a prórrogas.
Antes del vencimiento del Permiso Temporal de Protección, el trabajador migrante deberá aplicar a alguna de las categorías de permiso de trabajo reguladas existentes.
Serán cancelados los permisos de trabajo bajo esta categoría por los siguientes motivos:
Por no haber presentado el trámite de Permiso Temporal de Protección ante el Servicio Nacional de Migración a más tardar a los treinta (30) días de haber obtenido el permiso de trabajo.
Por la pérdida, revocatoria, cancelación, cesación, desistimiento o de cualquier forma en que haya cesado el permiso migratorio.
Por ejercer labores prohibidas o protegidas por las leyes panameñas para los nacionales panameños.
Por haber sido condenado por un delito o estar vinculados en actividades delictivas.
Por violar los derechos y libertades de trabajadores bajo su responsabilidad.
Por atentar contra la seguridad nacional y el orden público.
Para más información sobre esta o cualquier otra categoría de permisos de trabajo, consúltenos en: info@pmalawyers.com
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